martes, 16 de marzo de 2010

lunes, 23 de febrero de 2009

muñequitas**





**Mis Cumpleaños**
4 de marzo
La pase super bien mi familia y amigos estivieron muy pendientes y me consinteieron.

Esa torta estaba deliciosisisima

lunes, 16 de febrero de 2009

sábado, 31 de enero de 2009

lunes, 1 de diciembre de 2008

jueves, 30 de octubre de 2008



DISFRUTA CON DISCIPLINA

EL DIA DE HALLOWEEN

Taller sobre valores y derechos humanos


v ¿Que es un valor?

Son las actitudes y descripciones en lo profundo y en la parte exterior del ser humano.
Los valores se nos presentan a la conciencia como “principios” que intentan guiar nuestra elecciones y decisiones cotidianas sobre los mas diversos temas, incluyendo entre ellos temas frívolos como las preferencias de nuestro equipo de danzas hasta temas realmente importantes y transcendentes como nuestras preferencias acerca de lo correcto o incorrecto, es decir, sobre el bien y el mal.


v ¿Cuáles son esos derechos humanos?

· el derecho a la vida, pero pensado no solamente como un conjunto de garantías frente a la violencia, sino también como el derecho de acceso a los medios para una vida digna.
· los derechos para toda persona a un nivel de vida adecuado, el acceso a bienes primarios como la alimentación, el vestido y la vivienda, y el derecho de toda persona a estar protegida contra el hambre.
· el derecho al trabajo, que le asegura a cada persona la oportunidad de ganarse lo necesario para vivir por medio de un trabajo digno y libremente escogido. No se trata solamente de garantizarle al individuo la oportunidad de emplear libremente sus habilidades sin trabas externas, sino también de asegurarle un trabajo productivo, al igual que el acceso a una formación técnico-profesional, el derecho de huelga, unas condiciones salubres y una jornada de trabajo que no agote sus energías físicas y mentales.
· la libertad de conciencia en materia religiosa,
· la libertad de pensamiento y expresión,
· el derecho de la persona a organizar de manera autónoma su propia vida y
· a buscar la felicidad a su manera.

· Libertad de participación política,

· los derechos de carácter democrático, que le aseguran al ciudadano el derecho de elegir y ser elegido,
· el libre acceso a los cargos públicos y
· el derecho de libre asociación política y sindical.

v¿Qué se yo de su historia?

Entre los antecedentes de los derechos humanos es posible destacar la enunciación de derechos naturales por parte de la Escuela de Salamanca, en la España del siglo XVI, iniciada por Francisco de Vitoria y otros, que según ellos trataron, tanto los relativos al cuerpo (derecho a la vida, a la propiedad) como al espíritu (derecho a la libertad de pensamiento, a la dignidad). Los teólogos de la Universidad de Salamanca fueron tan radicales en ese tiempo que llegaron a condenar toda forma de guerra (con muy contadas excepciones) como un violación a esos derechos, impugnando así implícitamente las campañas de Carlos I. En esa Escuela, Luis de Molina, llegó a enunciar que el poder no reside en el gobernante, que no es más que un administrador, sino en los administrados, los ciudadanos, adelantándose ideológicamente en varios siglos a las revoluciones burguesas del XVIII.
Más tarde, ya avanzada la modernidad, aparecen los derechos humanos en la política inglesa como una exigencia burguesa de tener alguna clase de seguridad contra los abusos de la corona y limitando el poder de los monarcas sobre sus ciudadanos creando una serie de principios sobre los cuales los monarcas no podían legislar o decidir. Estos abusos se basaban en la pretensión de la corona inglesa de que su derecho era de designio divino (derecho que ya había sido criticado por Francisco Suárez, de la Escuela de Salamanca, en su obra Defensio Fidei Catholicae adversus Anglicanae sectae errores de 1613).Las distintas culminaciones de la Revolución Inglesa, la Revolución Americana y la Revolución Francesa, hitos fundamentales del efectivo paso a la era Contemporánea, representan el fin o el principio, según se quiera ver, del complejo proceso de reconocimiento o creación de los derechos humanos. Si las revoluciones son el revulsivo que da lugar a la gestación de los derechos humanos, las diversas actas de nacimiento lo constituyen el Bill of Rights inglés, las declaraciones de derechos de las colonias americanas y, entre estas la más importante, la francesa Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Vale destacar que la consideración moderna de los derechos humanos precisamente radica en el hecho de que los diferentes revolucionarios, según sus diversas cosmovisiones, por un lado, entendían que había un conjunto de derechos eternos e inmutables, pero por el otro, a pesar de que tales derechos eran evidentes, también decidieron plasmarlos en documentos jurídicos. Los Derechos Humanos son una idea antigua. Su plasmación en leyes y códigos es más moderna y se explica desde los parámetros conceptuales utilizados por los protagonistas de este periodo. Estado, Nación, Progreso, Racionalismo, Positivismo, Secularización... son categorías que no sólo proyectan sino que también limitan el entendimiento de los que todos pueden entender por derechos humanos. Por ello, no es causalidad que las afrentas a la contemporaneidad sean a su vez ataques a los derechos humanos. El relativismo moral y el nihilismo no son más que cuestionamientos a los fundamentos últimos de lo que llamamos derechos humanos.

v ¿Que relación existe entre derechos humanos y paz?


La rica relación que existe entre los derechos humanos y la paz ha conducido en los últimos años a una reclamación de la paz como un nuevo derecho humano. Desde un concepto de paz que no se limita a definirla como la mera ausencia de guerra, los derechos humanos ocupan un lugar esencial en el concepto actual de paz entendida como paz positiva. En virtud de esta nueva comprensión de la paz, desde diferentes instancias, entre las que destaca la UNESCO, se está proponiendo el reconocimiento de un derecho humano a la paz como integrante de los derechos humanos de la tercera generación o derechos de la solidaridad.
La relación estrecha y creciente entre la paz y los derechos humanos se ha puesto de manifiesto fundamentalmente a partir de los horrores de la II Guerra Mundial, y con la creación de las naciones unidas y la aprobación de su Carta en 1945. Desde ese momento, ha existido un creciente consenso internacional en torno a que derechos humanos, paz internacional y desarrollo están interrelacionados y dependen uno de otro (Bhandare, 1994:2). Es decir, el concepto de paz evoluciona, y se va a convertir a partir de ahora en una “paz positiva y dinámica, que comporta el respeto de los derechos humanos y el desarrollo integral de los pueblos” (Pastor, 1994:38). En este mismo sentido, Álvarez (1994:92) afirma que la paz internacional no puede entenderse como la mera ausencia de guerra y que, siendo una aspiración universal de la humanidad, forma un todo indisoluble con el desarrollo socioeconómico, la justicia y el respecto a los derechos humanos.

v ¿Qué es el derecho internacional humanitario?

El derecho internacional humanitario (DIH) es un conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limita los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también "derecho de la guerra" y "derecho de los conflictos armados".
El DIH es parte del derecho internacional, que regula las relaciones entre los Estados. Está integrado por acuerdos firmados entre Estados –denominados tratados o convenios, por el derecho consuetudinario internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por principios generales del derecho.
El DIH se aplica en situaciones de conflicto armado. No determina si un Estado tiene o no tiene derecho a recurrir a la fuerza. Esta cuestión está regulada por una importante parte – pero distinta del DIH, que figura en
la Carta de las Naciones Unidas.

¿De donde proviene el derecho
Internacional humanitario?

El origen del DIH se remonta a las normas dictadas por las antiguas civilizaciones y religiones. La guerra siempre ha estado sujeta a ciertas leyes y costumbres.
La codificación del DIH a nivel universal comenzó en el siglo XIX.
Desde entonces, los Estados han aceptado un conjunto de normas basado en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados.
En la misma medida en que ha crecido la comunidad internacional, ha aumentado el número de Estados que ha contribuido al desarrollo del DIH. Actualmente, éste puede considerarse como un derecho verdaderamente universal.

¿Dónde se encuentra el derecho
Internacional humanitario?

El DIH se encuentra esencialmente contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, en los que son parte casi todos los Estados. Estos Convenios se completaron con otros dos tratados: los Protocolos adicionales de 1977 relativos a la protección de las victimas de los conflictos armados.
Hay asimismo otros textos que prohíben el uso de ciertas armas y tácticas militares o que protegen a ciertas categorías de personas o de bienes. Son principalmente:
1. la Convención de la Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos;
2. la Convención de 1972 sobre Armas Bacteriológicas;
3. •la Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales y sus cinco Protocolos;
4. la Convención de 1993 sobre Armas Químicas;
5. el Tratado de Ottawa de 1997 sobre las Minas Antipersonal;
6. el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
Ahora se aceptan muchas disposiciones del DIH como derecho consuetudinario, es decir, como normas generales aplicables a todos los Estados.

¿Cuándo se aplica el derecho
Internacional humanitario?

El DIH sólo se aplica en caso de conflicto armado. No cubre las situaciones de tensiones internas ni de disturbios interiores, como son los actos aislados de violencia. Sólo es aplicable cuando se ha desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin tener en cuenta quien lo inició.
El DIH distingue entre conflicto armado internacional y conflicto armado sin carácter internacional. En los conflictos armados internacionales se enfrentan, como mínimo, dos Estados. En ellos se deben observar muchas normas, incluidas las que figuran en los Convenios de Ginebra y en el Protocolo adicional.


v ¿Qué estrategia proponemos para alcanzar su reconocimiento y aplicación?

Propongo hacer charlas, actividades dinámicas, compromisos y reflexiones frente a los derechos humanos en los diferentes espacios donde se dan nuestras relaciones cotidianas que es el lugar por donde se debe empezar para poder cambiar estas situaciones que observamos en los seres humanos.

¿Qué personas hicieron de los Derechos Humanos su proyecto de vida?


LA VINCULA CION DE NUESTRO PROYECTO DE VIDA. Angélica de la peña Gómez.
El concepto de proyecto de vida es inherente a nuestra condición humana. Sin embargo, es precisamente nuestra condición de género, es decir, el ser mujer, lo que impide y obstaculiza nuestro derecho a aspirar a ser lo que queremos ser, en igualdad de condiciones que el hombre. En mi proyecto de vida, por ejemplo, concibo y lucho porque las niñas y las adolescentes transiten con libertad por las calles sin ser molestadas o violentadas con miradas, palabras o acciones que las cosifican y convierten en objeto del deseo.